Asociación de

Profesores de

Francés de la

Universidad

Española

 

AYUDAS A LA INVESTIGACIÓN PARA LA REALIZACIÓN DE TESIS DOCTORALES

Convocatoria de 2013

[dos ayudas de 750 euros cada una]

OBJETIVO

Con estas ayudas, la apfue persigue incentivar la investigación de los socios que estén realizando una tesis doctoral.

CANDIDATOS

Podrá optar a estas ayudas cualquier doctorando con tesis inscrita en el ámbito de los Estudios Franceses y en una universidad española. El doctorando tendrá que ser socio de la APFUE cuando presente su solicitud de ayuda, que solo podrá disfrutarse una única vez: no podrán aspirar a ella quienes la hayan obtenido en convocatorias anteriores.

CONVOCATORIA

La convocatoria de ayudas se anunciará en la Asamblea anual de la apfue. Para solicitarlas, los candidatos dispondrán de un plazo de VEINTE DÍAS naturales desde la publicación de dicha convocatoria en la página web de la Asociación.

Junto a la página de la Asociación, la apfue dispondrá de los medios que considere oportunos para dar a conocer la convocatoria.

RESOLUCIÓN DE LA CONVOCATORIA

En octubre del mismo año de la convocatoria se comunicará a cada uno de los candidatos un desglose de la puntuación que ha obtenido.

Estos dispondrán de diez días naturales para presentar alegaciones contra esa puntuación.

Dichas alegaciones se referirán siempre a posibles errores de cálculo aritmético; no se atenderá ninguna reclamación contra las puntuaciones otorgadas por la Comisión de Baremación en aspectos de otra índole (adecuación de los proyectos de los doctorandos al ámbito de los Estudios Franceses, viabilidad de estos proyectos, etc.).

Pasado el plazo de alegaciones y resueltas estas, el Secretario de la Comisión comunicará a los interesados las puntuaciones globales de todos ellos y los nombres de los beneficiarios de las ayudas. Estos datos se difundirán a través del portal informático de la Asociación y por cualquier otro medio que se estime oportuno.

Una vez resuelta la convocatoria, el Secretario de la Comisión comunicará su resultado al Secretario-Tesorero de la Asociación; este entregará a cada beneficiario dos tercios de la cuantía de la ayuda que le corresponda, cuyo empleo deberá justificarse mediante las correspondientes facturas. El tercio restante se le hará llegar cuando quede satisfecho el requisito recogido en el apartado “Compromisos adquiridos por los beneficiarios”.

Estas ayudas son incompatibles simultáneamente con cualquier otra de la apfue. En caso de que un mismo doctorando obtenga más de una para periodos que se solapen, deberá decidir cuál desea que se le asigne.

 

COMPROMISOS ADQUIRIDOS POR LOS BENEFICIARIOS

En el plazo de un año desde la concesión de la ayuda, el beneficiario remitirá al Secretario de la Comisión una breve memoria (tres páginas como máximo) que muestre la consecución del proyecto de investigación presentado. A dicha memoria adjuntará los originales de las facturas relativas a los gastos realizados. El Secretario hará llegar la memoria a todos los miembros de la Comisión y comunicará al Secretario-Tesorero de la APFUE su aprobación o desaprobación por la mayoría de los componentes. En caso de aprobación, este transferirá al autor de la memoria el tercio restante de la ayuda asignada, o la cantidad que corresponda si el beneficiario no ha justificado el total. Podrá reclamarle el reintegro a la Asociación de las cuantías que, correspondientes a los dos primeros tercios de la ayuda, el beneficiario no hubiera justificado mediante facturas originales.

Todo beneficiario deberá hacer constar en su tesis que, para su elaboración, contó con una ayuda de la apfue.

SOLICITUDES

Las solicitudes incluirán los siguientes documentos:

·         Formulario de solicitud (en la que se hace una enumeración sucinta de los documentos presentados y se declara la veracidad de la documentación presentada)

·         Copia de la inscripción de la tesis

·         Expediente académico

·         Breve proyecto (tres páginas como máximo) en el que se recojan los objetivos investigadores que pretende alcanzar el solicitante en caso obtener la ayuda. Breve relación de gastos previstos para lograr tales objetivos, siempre conformes a la cuantía de la ayuda solicitada

·         Copia documental de los demás méritos alegados        

No es necesario documentar la antigüedad como socio de la apfue.

No se devolverá la documentación de las solicitudes presentadas.

 

BAREMO

La evaluación de las solicitudes presentadas se regirá por el siguiente baremo:

·         Expediente académico: hasta 60 puntos

o   Grado o Licenciatura       hasta 30 puntos

§  Nota media entre 9,5 y 10                      30 puntos

§  Nota media entre 9 y 9,5                        20 puntos

§  Nota media entre 8 y 9                           10 puntos

§  Nota media entre 7 y 8                             5 puntos

o   Máster o Cursos de Doctorado        hasta 30 puntos

§  Asignaturas o cursos

·         Nota media entre 9,5 y 10          10 puntos

·         Nota media entre 9 y 9,5              5 puntos

·         Nota media entre 7 y 9                 1 punto

§  Trabajo Fin de Máster o Trabajo de Investigación de Tercer Ciclo

·         Nota entre 9,5 y 10                     15 puntos

·         Nota entre 9 y 9,5                       10 puntos

·         Nota entre 7 y 9                            1 punto

o   Premio extraordinario          hasta 5 puntos

 

·         Proyecto de investigación: hasta 30 puntos

o   Hasta 15 puntos por:

§  Viabilidad del proyecto

§  Interés del proyecto

§  Grado de afinidad con los Estudios Franceses

§  Otros conceptos

o   Hasta 10 puntos por:

§  Publicaciones vinculadas al proyecto de la tesis, excluidas las que estén en prensa

§  Participación en congresos con comunicaciones relacionadas con el tema de investigación propuesto

§  Asistencia sin comunicación a los coloquios de la apfue

§  Asistencia sin comunicación a congresos de temática filológica

§  Corrección formal de la presentación de la solicitud por el doctorando

o   Hasta 5 puntos por antigüedad de la inscripción de la tesis:

§  Dos años o más desde la fecha de convocatoria de la ayuda: 5 puntos

§  Un año o más desde la fecha de convocatoria: 2 puntos

§  Menos de un año: 1 punto

·         Antigüedad como socio de la apfue en la fecha de la convocatoria: hasta 10 puntos

o   Un año o más: 10 puntos

o   Menos de un año: 2 puntos por trimestre completo

 

Al menos cuatro miembros de la Comisión de Baremación deberán aceptar que el tema de investigación del solicitante es del ámbito de los Estudios Franceses.

En los certificados de calificaciones de cada solicitante deberán constar los valores numéricos de las notas medias. Caso de que no constaran y no fuera posible obtener el certificado correspondiente de las instancias académicas, el solicitante hará una declaración de las medias que ha obtenido.

Las calificaciones de carácter no numérico se valorarán según la media de sus correspondientes valores numéricos: un aprobado equivaldrá a 6; un notable, a 8; un sobresaliente, a 9,5 y una matrícula de honor, a 10.

En caso de igualdad en las puntuaciones de los solicitantes, tendrán preferencia los más antiguos como socios de la apfue.

Quedará descartada cualquier solicitud en que se descubra alguna falsedad y el solicitante no podrá volver a optar a una ayuda de la apfue.

 

COMISIÓN DE BAREMACIÓN

La Comisión que evaluará las solicitudes de estas ayudas será la misma que la correspondiente a las ayudas de participación en los coloquios y congresos patrocinados por la apfue.

Estará formada por siete miembros. Dos ellos pertenecerán a la Junta Directiva de la Asociación. Los demás miembros se nombrarán entre los socios de la apfue que, en convocatoria pública, presenten su candidatura.

La convocatoria para formar parte de esta Comisión, así como los nombres de quienes sean nombrados para constituirla, se difundirán a través de la página web de la Asociación y de la lista de difusión Gaula.

Los miembros de esta Comisión se renovarán en los seis primeros meses de ejercicio de cada nueva Junta Directiva de la apfue.

En caso de dimisión de un miembro de la Comisión, el Presidente de esta propondrá que lo sustituya quien mejor corresponda de entre los candidatos que se presentaron a la convocatoria de formación de la Comisión.

La Comisión nunca estará compuesta por menos de cinco miembros. Si se diera tal caso por sucesivas dimisiones e imposibilidad de reemplazo conforme se expresa en el párrafo anterior, su Presidente habrá de comunicarlo a la Junta Directiva de la apfue, que procederá a la convocatoria de nuevas candidaturas para la renovación parcial de la Comisión.

Nadie podrá ser miembro de esta Comisión en dos periodos seguidos, entendiéndose que cada periodo abarca el tiempo por el que fue elegida la Junta Directiva que convocó la formación de la Comisión.

La Comisión quedará constituida según los siguientes criterios:

·         Presidente: un miembro de la Junta Directiva de la apfue

·         Secretario: un miembro de la Junta Directiva de la apfue

·         Cinco vocales, de los cuales:

o   Un Catedrático

o   Tres Profesores Titulares o Contratados Doctores

o   Un Ayudante Doctor, Asociado Doctor, Colaborador Doctor o categoría asimilable.

De entre los candidatos a formar parte de la Comisión, la Junta Directiva de la apfue nombrará, dentro de cada nivel profesional, a los más antiguos como socios de la Asociación y, si se diera el caso de igualación en la antigüedad, a los de más edad. Si no hubiera suficientes candidaturas para cubrir algún nivel, se recurrirá a las candidaturas presentadas para el resto de los niveles.

La Comisión deberá realizar su labor sin gastos para la Asociación. La participación en la Comisión no supondrá retribución alguna. A petición del interesado, el Secretario de la Asociación le expedirá un certificado de participación.

Todas las solicitudes de ayuda se enviarán al completo, por correo postal o electrónico, a todos los miembros de la Comisión. El Secretario de la Comisión, antes de enviárselas, calculará aquellas puntuaciones de marcado carácter objetivo (notas medias, antigüedad como socio, participación en congresos apfue, etc.) y acompañará cada expediente de la prevaloración correspondiente en lo relativo a tales aspectos.

Por correo postal o electrónico, cada miembro de la Comisión transmitirá sus valoraciones al Secretario, que las remitirá, a su vez, a todos los demás miembros.

El Secretario, a tenor de las valoraciones de todos los miembros de la Comisión, propondrá al Presidente un informe en que figuren los nombres de los doctorandos con sus puntuaciones. Con el visto bueno del Presidente, el Secretario pasará el informe a todos los miembros de la Comisión. Tras diez días de plazo sin alegaciones de los miembros de la Comisión, el Secretario comunicará por correo electrónico a cada doctorando un desglose de la puntuación que ha obtenido; cada uno dispondrá de diez días naturales para presentar posibles alegaciones contra esa puntuación. Dichas alegaciones se referirán siempre a posibles errores de cálculo aritmético; no se atenderá ninguna reclamación contra las puntuaciones otorgadas por la Comisión de Baremación en aspectos de otra índole. Pasado el plazo de alegaciones y resueltas estas, el Secretario de la Comisión comunicará a los miembros de la Comisión y a los doctorandos las puntuaciones globales definitivas de todos estos y los nombres de los beneficiarios de las ayudas. Tales datos se difundirán a través del portal informático de la Asociación y por cualquier otro medio que se estime oportuno.